jueves, 26 de noviembre de 2009

¿Que son los derechos humanos?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distincion alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o etnico, color, religion lengua o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos sin discriminación alguna. Estos derechos son inprescindibles para poder vivir.

Los derechos humanos universales estan a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.


Daniel Martin y Jose Medina

declaracion universal de los derochos humanos

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros
oda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad[...]
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Declaracion universal de los derechos humanos

Articulos y derechos sobre la declaracion universal de los derechos humanos:
- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón yconciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción algunade raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social,posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
-Todo individuo tiene derecho a la vida y a la seguridad y a la libertad de una persona.
-Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
- Nadie sera sometido a torturas ni a penas crueles, inhumabnas.
- Nadie podrá ser arbitrariamiente detenido, preso ni desterrado.
- En caso de persecucion, toda persona tiene derecho a buscar asilo, a disfrutar de él, en cualquier pais.....
Ahi un sin fin de derechos sobre los seres humanos.

DUDH

Decclaración
Universal de los
Derechos
Humanos


un 10 de Diciembre se 1948 se rueunieron paises de todo el mundo para legalizar ciertas leyes morales para que así se cumplan , por eso algunos derechos son inalienables (aunque el individuo no quiera) para que sea más justo
pero hay lugares donde los derechos no se cumplen para una mayor obtencion de beneficios.

por ejemplo;
en Kenia¿estan alli todos los los niños escolarizados?


además, la ley no depende de un a cohexion interna, sino externa.
aveces la moral este muy bien, pero tiene tiene que obedecer a la legual, al igual que la legar debe de estar basada en la moral


apuntes de ciudadania
german garcia antolin

violencia de genero

la violencia de genero es algo horrible porque ninguna mujer se merece ningun maltrato de nadie.
Estas personas que maltratan a las mujeres son unos sinverguenzas que lo unico que quieren es aprovecharse de las mujeres,aconsandolas,quitandoles dinero,pegandoles,controlandoles y,acosandoles sexsualmente

no a la violencia de genero

Violencia de GENERO contra la MUJER

Aller en el instituto IES Fuente Nueva celebremos el deia contra la violencia de genero
para evitar cada vez menos la violencia sobre la mujer, aqui os dejo un poco de lo que trata:
Violencia contra la mujer a los actos violentos donde el sujeto es de sexo femenino, aunque generalmente se utiliza para englobar únicamente a aquéllos donde el sujeto activo es el hombre, y más concrétamente si es su pareja sentimental (violencia de pareja); o únicamente para englobar aquéllos actos violentos contra la mujer realizados por motivos discriminatorios sexistas (violencia machista).

En este blog se representa un poco lo que es mas o menos lo que les suele pasar a las mujeres con su pareja, estamos a tiempo para poder evitar la violencia sobre las mujeres.

EVITEMOSLO


La crisis está por venir.

Parece que lo peor haya pasado ya. Eso no significa que estemos cerca de una situación positiva. Estamos lejos de una situación favorable. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, encajó el miércoles el último susto estadístico. El Banco de España acababa de publicar que la recesión fue a más en el primer trimestre. El periodo entre enero y marzo de este año fue uno de los más dificiles en la historia reciente de la economía española. Pero los expertos apuntan que, en el mercado laboral , en las cuentas de empresas y Administración, lo peor está por venir.
Zapatero lleva semanas en la estela de lo que sostienen otros dirigentes mundiales, con el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, y el máximo responsable de la Reserva Federal, Ben Bernanke, al frente de la procesión. Hemos empezado a levantarnos, dijo Obama en la celebración de sus 100 primeros días en la Casa Blanca. Y el banco central estadounidense proclamó que la gran recesión empieza a amainar, el mismo día en que los datos del primer trimestre confirmaban la peor contracción económica en EE UU desde 1958.

El deshielo de los polos

El efecto invernadero esta haciendo que los dos polos se derritan con el gas y el calor acumulado los polos cada vez son menos, se dice que en el año 2025 no habra ni rastro de hielo y la marea subira y el agua abarcará mucha tierra , si no queremos que pase esta catastofre deberemos de ser buenos ciudadanos y reciclar ademas de usar transportes publicos y ecologicos para que la tierra este limpia y que los hijos de nuestros hijos disfruten de un mundo mejor.







Daniel Martín y Jose Medina

¿zapatero o rajoy?


Por como va españa pienso de que habria que cambiar de presidente porque con zapatero esta creciendo mucho el paro y que españa no se va a recuperar sin un cambio de presidente y este sera rajoy , rajoy para mi es una persona que entiende de politica y deberia ser presidente de españa.
Lo mejor es un cambio de presidente para cambiar y ver si puede mejorar la economia española,Y que españa por fin salga de la crisis española.

jueves, 19 de noviembre de 2009

efecto invernadero

efecto invernadero al fenómeno por el cual determinados gases, que son componentes de la atmósfera, retienen la energía que el suelo terrestre emite y una parte de la misma la reemiten a la superficie de la Tierra. Este fenómeno evita que gran parte de la energía emitida por la Tierra se trasmita directamente al espacio, lo que provocaría un continuo enfriamiento de la superficie terrestre e impediría la vida.

El efecto invernadero se está viendo acentuado por la emisión de ciertos gases debidos a la actividad humana, como el dióxido de carbono y el metano, que está produciendo un calentamiento en la Tierra. Hay un consenso prácticamente unánime en la comunidad científica sobre que este calentamiento se está produciendo por esta causa.

Este efecto tiene cierta similitud al calentamiento que se produce en un invernadero, aunque el proceso es diferente.

Afecta a todos los cuerpos planetarios dotados de atmósfera.

jose antonio de toro avila

derechos humanos


Los Derechos Humanos son, de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.

hecho por jose antonio de toro avila

La violencia de genero entre sexos

El dia 25 de noviembre se celebró el dia internacional contra la violencia de genero.En todo el mundo (colegios,institutos,congresos) celebraron el dia contra esta violencia que afecta a todo el mundo, todos los hombres y mujeres somos iguales ninguno es mejor que otro todos tenemos nuestros derechos y deberes como cualquier ciudadano por ejemplo: uno no tiene el derecho de pegarte e insultarte y tu no tienes el derecho tampoco de pegar de nadie.Esperamos que este dia celebrado para acabar con la violencia de genero sirva de algo tanto para los niños como para los padres.






Daniel Martin y Jose Medina

politica


La políticaes la actividad humana que tiende a gobernar o dirigir la acción del estado en beneficio de la sociedad. Es el proceso orientado ideológicamente hacia la toma de decisiones para la consecución de los objetivos de un grupo. La ciencia política es una ciencia social que estudia dicha conducta de una forma académica utilizando técnicas de análisis político; los profesionales en esta ciencia adquieren el título de politólogos, mientras quienes desempeñan actividades profesionales a cargo del Estado o se presentan a elecciones se denominan políticos. El término fue ámpliamente utilizado en Atenas a partir del siglo V antes de Cristo, en especial gracias a la obra de Aristóteles titulada, precisamente, Política. El mismo Aristóteles definía al ser humano como un animal político por excelencia. También se define como política a la comunicación dotada de un poder, relación de fuerzas.

hecho por jose antonio de toro avila y elisa almenzar ramirez

corrucion urbanistica


La corrupción urbanística es el abuso del poder de los cargos públicos vinculado a la especulación inmobiliaria y el incumplimiento de las normativas urbanísticas y medioambientales con objeto enriquecimiento ilícito.


Sus causas son muchas y muy diversas, y un punto clave es la financiación de los ayuntamientos. El proceso de descentralización en España que trajo consigo el Estado de las Autonomías, ha llevado a que los ayuntamientos se hayan visto obligados a prestar a los ciudadanos servicios que antes ofrecía el gobierno central.[1]

Esta descentralización buscaba una mayor eficacia en la prestación de dichos servicios, a través de la cercanía entre la administración y los ciudadanos. Sin embargo ha planteado desafíos en cuanto a la financiación que, según el criterio de diversos colectivos, no han sido bien respondidos.[2] Como los ayuntamientos tienen una gran cantidad de gastos, en lugar de recaudar impuestos directos han ideado una forma imaginativa[3] de recaudar impuestos indirectos, y es con la potestad de decidir qué suelo es urbanizable y cuál no. La financiación a partir de la recalificación de suelo implica aumentar la presión fiscal de manera heterogénea, haciendo cargar con el mayor peso de la financiación municipal a familias con hipotecas a 30 y 40 años.

La diferencia de precio entre un tipo de suelo y otro puede ser de hasta 20 veces, así que los ayuntamientos encontraron su particular filón en la recalificación del suelo.[4] Los promotores y constructores pagaban a los ayuntamientos cuantiosas sumas por obtener la calificación de "suelo urbanizable". Por supuesto que esas cuantiosas sumas las acaban pagando los compradores de viviendas, por lo que al final pocos son conscientes de que se trata de un enorme impuesto encubierto, que va incluido en el elevado precio de la vivienda.

La consecuencia indeseada es que al igual que un ayuntamiento recibe enormes sumas de dinero de los promotores y constructores para poder pagar los servicios municipales que presta (transporte público, polideportivos, limpieza de calles, etc), también los políticos que gobiernan esos ayuntamientos son susceptibles de cobrar a título personal, fenómeno que constituye el núcleo de lo que se conoce como corrupción urbanística.[5

hecho por jose antonio de toro avila

chiste para reflexionar

Este chiste se me ocurrió cuando le dije a mi hermana un refrán:
-mamá, mamá, lo proometido es deuda, ¿verdad?
- Pues claro hijo.
- Pues entonces... los políticos están en deudados hasta el cuello ¿no?


Germán García Antolín 3 ESO A

lunes, 9 de noviembre de 2009

domingo, 8 de noviembre de 2009

¿Que son las costumbres?

Las costumbres son practicas sociales arraigadas, es decir,acciones que se hacen muy firmes y difíciles de extinguir. Son un tipo de obligaciones, pero no las cumples por que te lo manda la ley o tu moral, sino por que están ay y siempre lo han hecho. En la sociedad hay dos tipos de costumbres:

Las buenas costumbres o simplemente costumbres que son aquellas que cuentan con la aprobación social, y las malas costumbres por otra parte, aquellas relativamente comunes, pero que no tienen la aprobación social. En la mayoría de los casos promulgadas para modificar la conducta.

Las costumbres surgen por la tradición de realizar una acción, que se sigue haciendo con el paso del tiempo para perdurarla y no perderla en el olvido, como por ejemplo que los niños no lleven falda. Esto hace que cuando alguien las modifica, o no las cumple, la sociedad, ante quien responde las costumbres, sancionen a esa persona o esas personas, con burlas y críticas. Esto no quiere decir que aquellas que no las cumplan lo estén haciendo mal. Simplemente hacen lo que ellos piensan que es mejor o con lo que ellos se sienten agusto, sin que les afecte lo que la sociedad diga de ellos o sean sancionados, es lo que se llaman personas valientes.

En nuestra opinión, las costumbres son buenas ya que nos ayudan a preservar muchas culturas, pero sin embargo pensamos que no tiene porque estar todo siempre igual, sino que puede cambiar con el paso del tiempo, y modificarse muchas de las costumbres que hay ahora en nuestra sociedad, sin que con ello sea mirado de forma extraña, lo que estamos haciendo.

Miriam Bonilla Escobar y Paula Lirola Jiménez.

¿cara o/y cuz?

como ya todos sabemos, los derechos y deberes son como la cara y la cruz de una moneda.

por ejemplo: el derecho a cruzar la calle impone un deber a otros (ceder el paso).pero...

¿tenemos derecho a cruzar la calle siempre o esto conyeva un deber?


Seguro que muchos de vosotros nunca os habreis preguntado esto antes, y pensareis que "ese derecho lo tengo YO simpre y ese deber lo tiene ÉL siempre". Pues estamos equivocados:

porque , siguiendo con el ejemplo anterior, no siempre tenemos el derecho de cruzar la calle ya que, como indica la DGT, nuestra obligación es cruzar por el paso de peatones cuando nuestro semáforo lo indique.


Por otra parte los conductores deben detenerse para que los peatones crucen la vía por los pasos de cebra señalizados, bien con señales de tráfico en el suelo ó verticales, bien mediante semáforos.
german garcia antolin

jueves, 5 de noviembre de 2009

¿QUÉ ES LA CORRUPCIÓN?

En términos generales, la corrupción política es el mal uso público (gubernamental) del poder para conseguir una ventaja ilegítima, generalmente secreta y privada. El término opuesto a corrupción política es transparencia. Todos los tipos de gobierno son susceptibles a la corrupción política. Las formas de corrupción varían, pero las más comunes son el uso ilegítimo de información privilegiada, el tráfico de influencias, el pucherazo, el patrocinio, sobornos, extorsiones, influencias,fraudes,malversacion, la prevariacion, el caciquismo, el compradazgo, la cooptacion, el nepotismo y la impunidad. La corrupción facilita a menudo otro tipo de hechos criminales como el trafico de drogas, el lavado de dinero y la prostitucion ilegal; aunque no se restringe a estos crimenes organizados, y no siempre apoya o protege otros crímenes.La corrupción plantea un serio desafío de cambio. La corrupción en elecciones y en los cuerpos legislativos aumenta la falta de credibilidad y distorsiona la capacidad de creación de nuevas normas; la corrupción en el poder judicial compromete al estado de derecho, y la corrupción en la administración pública da como resultado la disposición injusta de servicios.

Juan LUIS CARMONA LÓPEZ 3 ESO A

El Codigo Penal.

A continuación hablaremos de un tema que en la actualidad
se esta hablando mucho.

EL CODIGO PENAL

reformado en estas ocasiones:

·en el año 1822
·en el año 1848 y 1850
·en el año 1870
·en el año 1929
·en el año 1932
·en el año 1944
·en el año 1995

·1822:

Tuvo una vigencia muy breve. Basado en las doctrinas de la Ilustración, particularmente en las de Bentham y Beccaria. Constaba de un Título Preliminar y dos Partes, la primera dedicada a los "Delitos contra la Sociedad" y la segunda a los "Delitos contra los Particulares".

Establece el principio de legalidad de los delitos y las penas, y en muchos aspectos ha sido seguido por los Códigos posteriores como la definición legal del delito, catálogos de atenuantes y agravantes, o la responsabilidad civil. Curiosamente, se atenía en el castigo de las "culpas" -o delitos culposos- al principio de excepcionalidad o concreción caso por caso, criterio abandonado posteriormente hasta el Código de 1995.


·1848 y 1850:

Con la nueva reacción absolutista sho Penal del Antiguo Régimen, que sólo desaparece definitivamente cuando, después de algunos Proyectos fallidos, la Comisión General de Códigos, redacta el Proyecto que acaba convertido en el Código Penal de 1848.

Se trata de un texto liberal y autoritario,. Acoge la clasificación tripartita de las infracciones penales y respecto a la culpabilidad se basa en principio del "versari in re illicita" o responsabilidad por el resultado. La reforma de 1850 supuso un mayor endurecimiento, castigándose con carácter general la conspiración y proposición para delinquir, y prescindiendo del principio de la legalidad de las penas, lo cual constituye un caso único en la Codificación española.

·1870:

El Código de 1870 pretende adaptar el texto o de 1850 a las exigencias de la Constitución de 1869, surgida de la revolución liberal de 1868. Aunque se tramitó con carácter de urgencia y entró en vigor de forma provisional, mientras las Cortes elaboraban un texto definitivo, tuvo en realidad una larga vigencia que, salvo el intervalo del Código de 1928, se prolongó hasta el Código de 1932.

Estaba dividido en tres Libros y su inspiración política es liberal, lo que se manifiesta en la inclusión de delitos contra los derechos individuales; en los delitos contra el libre ejercicio de los cultos, y en la suspensión de la pena de muerte como única para determinados delitos. La conspiración y la proposición se castigan sólo cuando se prevé expresamente y se recoge de nuevo el principio de legalidad respecto a los delitos y las penas.

·1928:

El Código de 1928 fue promulgado bajo la dictadura de Primo de Rivera, y su redacción fue encomendada a Cuello Calón, Galo Ponte y Quintiliano Saldaña. Apartándose de la línea clásica y liberal, incorpora el principio de defensa social, lo que se traduce en la introducción del "dualismo", que sitúa junto a las penas las medidas de seguridad.

Primo de Rivera, si bien se limitó miembros cabe destacar a Eugenio Cuello Calón ( 1879- 1963 ), que fue Catedrático de Derecho Penal en Granada, Barcelona y Madrid y fundador y primer director del Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, discipulo de Dorado Montero. En 1926 publicó un manual muy utilizado en las Universidades españolas y también un tratado sobre las penas. Cultivó de forma muy especial el derecho penal infantil.

El nuevo código fue criticado desde sus inicios por el rigor en el castigo al reo y la frecuencia con que se imponía la pena de muerte, llegándose inclusive a relacionar el Codigo Penal de 1928 con la ideología fascista.

El Colegio de Abogados de Madrid solicitó en 1930 que se derogara y volviera a ponerse en vigencia el Código Penal de 1870.

Introdujo por primera vez las medidas de seguridad, que restrigian la libertad del delincuente en función de su peligrosidad social y reguló el delito continuado, la tentativa imposible, la consideración del encubrimiento como delito autónomo, la condena condicional.

Mantiene la misma estructura en tres libros más un título preliminar dedicado a la ley penal y a su esfera de aplicación.

En la Parte Especial se tipifican, entre otras nuevas figuras, la difamación, el chantaje y la usura.

·1932:

Proclamada la Segunda República el Gobierno provisional derogó inmediatamente el Código Penal de 1928, con lo que se volvió al Código de 1870. Tomando a éste como punto de partida, se elaboró seguidamente el Código de 1932, en cuya elaboración participaron penalistas relevantes, como Jiménez de Asúa y Antón Oneca.

La clasificación tripartita es sustituida por la bipartita. La orientación humanitaria del nuevo texto se manifiesta en la supresión de la pena de muerte, en la disminución del número de agravantes y en instituciones como la condena condicional y la libertad condicional.

Complemento del nuevo Código fue la Ley de Vagos y Maleantes (1933) que preveía para determinados estados peligrosos medidas de seguridad tanto postdelictuales como predelictuales.

·1955:


Se divide en un Título Preliminar (articulos del 1 al 9) y Tres Libros, el Título Preliminar y el Libro I recogen lo que se denomina la parte general, mientras que los Libros Segundo y Tercero la parte especial (delitos y faltas, respectivamente). L.O. 10/95 - 23 de Noviembre:

  • Título Preliminar, trata "De las garantías penales y de la aplicación de la ley penal", va del artículo 1 al artículo 9.
  • Libro I se refiere a "las disposiciones generales sobre los delitos y las faltas, las personas responsables, las penas y medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal". Abarca de los articulos 10 al 137.
  • Libro II son los Delitos y sus penas y comprende los articulos 138 al 616.
  • Libro III son las Faltas y sus penas y va desde el articulo 617 al 639.
  • Tiene además tres disposiciones adicionales, doce transitorias, una derogatoria y siete finales.

El Código de 1995 tiene una parte general bien elaborada, en la que se da una definición legal del delito, con referencia al dolo y a la imprudencia. Se adscribe al principio de legalidad en su cuádruple vertiente: criminal, penal, procesal y penitenciaria. Sigue el sistema de punición de la imprudencia sólo en los casos específicamente previstos, rompiendo con el sistema del Código anterior que utilizaba una fórmula abierta y general; contiene una fórmula para determinar los supuestos en que es posible la punición de los delitos de resultado cometidos por omisión (comisión por omisión), que ha merecido críticas doctrinales, por su defectuosa redacción y por la configuración formal que hace de la posición de garante, superada hace años por la doctrina, en favor de una concepción material. Se regula "el error" y sus consecuencias, tanto sobre los supuestos de hecho del "tipo" penal o sus circunstancias de agravación, como sobre la existencia de la norma. Se cambia sustancialmente el sistema de penas, que ahora sólo se distinguen cualitativamente, hay penas nuevas como el "arresto de fin de semana", sustituido en la reforma llevada a cabo por la Ley Orgánica 15/2003 por la pena de "localización permanente"; para la pena de "multa" se adopta el sistema de días multa, previéndose una cantidad variable, según los recursos económicos del sujeto, aunque también se prevé la multa proporcional, en atención al valor del daño causado o beneficio obtenido por el sujeto. La estructura del Libro II sigue en parte el orden de relevancia que se da a cada bien jurídico que es objeto de protección, comenzando por la tipificación de los delitos contra la vida, luego contra la integridad física y psíquica, la libertad, la libertad e indemnidad sexual, la intimidad e inviolabilidad del domicilio, el honor, las relaciones familiares, el patrimonio y el orden socioeconómico, las relaciones laborales, la ordenación del territorio, el patrimonio histórico, los recursos naturales, la seguridad colectiva y la salud pública, la fiabilidad de la moneda y el tráfico documentario, la administración pública, la administración de justicia, el ordenamiento constitucional y las instituciones del Estado, su defensa y seguridad; terminando con los delitos de genocidio, negacionismo y lesa humanidad, y contra la comunidad internacional. Se regulan delitos nuevos como el de manipulación genética, delitos societarios o delitos contra la ordenación del territorio y el patrimonio histórico, o el delito de encubrimiento, que deja de ser una forma de participación. Suprimiéndose otros delitos como el de cheque en descubierto. Integra también esta parte figuras delictivas que se hallaban dispersas en leyes penales especiales, como la mendicidad de menores, caza y pesca furtivas, contra la seguridad nuclear, aunque no los delitos contra la navegación aérea, que siguen regulados en una ley especial (Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de la Navegación Aérea). En cuanto a las faltas (Libro III), se castigan contravenciones (infracciones leves) contra la integridad corporal, los deberes de asistencia a menores, incapacitados o personas desvalidas, imprudencias, contra la dignidad personal, el patrimonio, intereses generales de la comunidad y contra el orden público. Del Código anterior se mantiene la vigencia del artículo 417 Bis, que había introducido la Ley Orgánica 9/1985, sobre indicaciones en las que se excepciona el castigo del delito de aborto.

LA CORRUPCIÓN


La corrupción política se define como el mal uso gubernamental del poder para conseguir una ventaja ilegítima, generalmente secreta y privada. Las formas de corrupción pueden ser:
el uso ilegítimo de información privilegiada, el tráfico de infuencias , el pucherazo, sobornos, extorsiones, influencias, fraudes y malversación entre otras.
el otro día leyendo un periódico leí un articulo muy interesante sobre la corrupción en España y vi un esquema en que decía que solo había 3 provincias enlas que no había corrupcíon (cuenca, soria y canarias).

En mi opinion esto es una vergüenza y creemos que debemos replantearnos en las próximas eleciones a quien votamos , no votemos a los que nos den más regalitos sino al más honrado;
no nos dejemos seducir y razonemos.
tal vez, entonces, el mundo no será tan corrupto.

Germán Garcia 3 eso a